domingo, 24 de mayo de 2015

PREDESTINACIÓN y Libre Albedrío. Las controversias teológicas sobre la GRACIA entre dominicos y jesuitas como reacción al luteranismo. Concilio de Trento. Santo Tomás de Aquino (1816)

Enciclopedia Católica
«OMNIA DOCET PER OMNIA»
(ACI Prensa-15/5/2015)
Predestinación (Latín præ, destinare), en su más amplio sentido es un decreto divino por el que Dios, debido a su infalible presciencia del futuro, ha elegido y ordenado desde la eternidad todos los eventos que ocurren en el tiempo, especialmente los que proceden directamente o al menos están influidos por la voluntad libre del hombre. Incluye todos los hechos históricos, como por ejemplo, la aparición de Napoleón o la fundación de los Estados Unidos, y particularmente momentos decisivos en la historia de la salvación sobrenatural, como la misión de Moisés y de los Profetas o la elección de María para ser madre de Dios. Tomada en este sentido general, predestinación coincide claramente con Divina Providencia y con el gobierno del mundo, que no cae dentro de propósito de este artículo. (ver DIVINA PROVIDENCIA).
Contenido 
La teología restringe el término a esos decretos divinos que hacen referencia al fin sobrenatural de los seres racionales, especialmente del hombre. Considerando que no todos los hombres logran su fin sobrenatural en el cielo, sino que hay muchos eternamente perdidos por su propia culpa, debe haber una doble predestinación: (a) una al cielo para todos los que mueren en estado de gracia; (b) otra a las penas del infierno para todos los que parten en pecado o con el descontento de Dios. Sin embargo, según los usos actuales a los que nos adherimos en el curso del artículo, es mejor llamar al último decreto de “reprobación” divina, de manera que el término predestinación se reserva para el decreto divino de la felicidad de los elegidos.
Eudaldo Forment
(InfoCatólica-15/5/2015)
La polémica «de auxiliis»
En las controversias teológicas y filosófica «de auxiliis», de finales del siglo XVI, el centro de las mismas fue el problema de la libertad. La escuela tomista o bañeciana se enfrentó a la molinista, que había revisado la doctrina católica, tal como se expuso en el concilio de Trento, con el fin de superar la crítica luterana a la libertad humana, que presentaba fundada en la tradición agustiniana [1].
Está probado históricamente que el molinismo se mostraba como una reacción ante el luteranismo para salvar la libertad del hombre, y, a su vez, que el bañecianismo había surgido para oponerse a la respuesta molinista al protestantismo, porque con ella disminuía la eficacia de la causalidad divina. Sin embargo el problema decisivo y fundamental, como advirtió el tomista Francisco Canals, en su libro sobre el diálogo católico protestante, la «opción decisiva» –que muchas veces no se advierte, porque la ocultan otras cuestiones filosóficas y teológicas– fue la siguiente: «O bien se afirma que es la gracia de Dios la que hace bueno al hombre en orden a su salvación o, por el contrario, se sostiene que es por la cooperación del hombre por la que la divina gracia alcanza a tener su eficacia para el bien» [2].
Notó también, en otro estudio muy posterior, que esta advertencia queda confirmada por la decisión del papa Paulo V, quien ordenó la suspensión de la comisión, que casi durante diez años (1598-1607) había mantenido las «disputaciones» entre dominicos tomistas y jesuitas molinistas. Sin embargo, éstos últimos, según las modificaciones de los teólogos de la Compañía de Jesús, Francisco Suárez y San Roberto Bellarmino, atenuaron para las disputas las posiciones del molinismo con el llamado sistema congruista.
El Papa no definió ni se pronuncio por ninguna de las dos soluciones presentadas, pero impuso prudencia y moderación en las críticas mutuas. En el documento que envió al Maestro de la Orden Dominicana y al General de la Compañía de Jesús (5 de septiembre de 1607), se decía: «En el asunto de los auxilios, el Sumo Pontífice ha concedido permiso tanto a los disputantes como a los consultores, para volver a sus patrias y casas respectivas; y se añade que Su Santidad promulgará oportunamente la declaración y determinación que se esperaba. Más por el mismo Santísimo Padre queda con extrema seriedad prohibido que al tratar esta cuestión nadie califique a la parte opuesta a la suya o la note con censura alguna…Más bien desea que mutuamente se abstengan de palabras demasiado ásperas que denotan animosidad» [3].
Comenta Canals que: «Al calificar como opinables a los dos sistemas que mantienen tesis que se oponen entre sí “contradictoriamente”, según afirma Gredt respecto de la “predeterminación física” y de su negación, de la que se sigue la afirmación de la “ciencia media”, no se quería evidentemente imponer ni un escepticismo metafísico, ni mucho menos la simultánea afirmación de tesis contradictorias» [4].
La demora en la resolución no implicaba: «diferir una definición sobre materias dogmáticas, sino a no dar todavía sentencia sobre la compatibilidad y coherencia con el misterio revelado de alguna de las dos explicaciones teológicas, que se apoyaban como en instrumento subordinado a la fe en concepciones metafísicas opuestas» [5].
El molinismo y el bañecianismo
En su intento de salvar el libre albedrío, que parece que quede afectado con la recepción de la gracia, el jesuita Luis de Molina (1535-1600), en su obra Concordia del libre arbitrio con los dones de la gracia y con la presciencia, providencia, predestinación y reprobación divinas, estableció cuatro tesis fundamentales, dos filosóficas, que apoyaban a dos teológicas, las primeras en el orden de la ejecución de los actos humanos, las segundas en el de la intención divina.
La primera tesis filosófica, en el orden de la ejecución, es la del «concurso simultáneo», la segunda, que se sigue de la anterior, en el orden de la intención de Dios es la de «ciencia media». Las dos doctrinas filosóficas fundamentan respectivamente dos tesis teológicas.
La primera tesis teológica, también en el orden de la ejecución humana, es la de la «gracia versátil» o indiferente, que por el libre albedrío se convierte en eficaz y, por ello, es una gracia con una eficacia extrínseca o por otro. La segunda tesis teológica, que a su vez se apoya en la ciencia media es la de la predestinación del hombre «después de previstos los medios» de cada hombre.
Siguiendo a Santo Tomás, Domingo Báñez (1528-1604), frente a Molina, presentó otras cuatro tesis opuestas e irreductibles a las molinistas. Muchos tomistas, como Reginald Garrigou-Lagrange (1877-1964), consideran que expresan completa y fielmente el pensamiento del Aquinate [6].
Otros, como Francisco Marín-Sola (1873-1932), afirman que en las cuatro tesis de Báñez, hay el elemento accidental de incluir siempre la infalibilidad e infrustrabilidad. Hacen con ello: «al tomismo más radicalmente opuesto al molinismo, pero no eran, en realidad, necesarias, ni para defender el edificio tomista ni para combatir el molinismo» [7].
La primera tesis filosófica de Báñez, en el orden de la ejecución, es la de la «premoción física», enfrente del concurso simultáneo. La segunda filosófica, en el orden de la intención, frente a la ciencia media, es la de los «decretos divinos predeterminantes».
A su vez, la primera tesis teológica, en el orden de la ejecución, la de la «eficacia intrínseca de la gracia», de manera opuesta a la de la eficacia extrínseca. La segunda, correspondiente al orden de la ejecución es la de la predestinación «antes de los méritos previstos», en contra a la de después de previstos los méritos. Leer texto completo...AQUÍ
Justificación y Salvación
En esta sección se abordan los estudios relacionados a la doctrina de la justificación y salvación respecto a la doctrina católica, así como las distintas objeciones protestantes. Se analiza también la doctrina de la Sola Fides, doctrina protestante que rechaza la colaboración del libre albedrio como colaboradora de la gracia en la obra salvadora. Ver mas
Gracia y libertad 
P. José María Iraburu
I. Luteranismo y Quietismo
–Éstos me parece que nos quedan un poco más lejos. A los católicos. Digo.
–Coincidimos. Pero ojo.
El luteranismo es Lutero. Es una herejía muy personal, aunque todas lo son, por supuesto...
II. Doctrina Católica
–Vaya tema. A ver cómo se las apaña usted…
–Limitaré mucho mi intento, y evitando en lo posible los conceptos especulativos que no sean estrictamente necesarios, me apoyaré sobre todo en Biblia, Liturgia, Magisterio apostólico y explicaciones teológicas más comunes.
III. Biblia, Concilios y Liturgia
–Mucho documento. Mucha cita. Esto no lo va a leer nadie.
–Bueno, bueno, ya veremos. Pero si bajara el número habitual de visitantes de este blog, cuando les ofrezco una antología maravillosa de textos bíblicos, conciliares y litúrgicos sobre gracia y libertad, ese descenso me parecería inexcusable y vergonzoso. Hasta ahí podíamos llegar.
IV. Vida espiritual  I
–De acuerdo, sí, ya, me equivoqué, diciendo que el post anterior apenas iba a tener lectores.
–Usted, con tal de no quedarse calladito, dice cualquier cosa. Y luego ocurre lo que sucede.
V. Vida espiritual II
–Si es que ya casi no me atrevo a hablar…
–Va usted bien: «el temor de Dios es el principio de la sabiduría». Y de paso me deja más tranquilo.
VI. Santo Tomás de Aquino
–Especulando especulaciones especulativas… Ay, madre.
–Permítame que le diga que el pensamiento de Santo Tomás, por estar fundamentado en Biblia, Tradición y Magisterio, como también en el realismo de la filosofía del ser, se expresa en un lenguaje muy claro y preciso, que nos comunica el veritatis splendor.

Catecismo de la Iglesia Católica
600 Para Dios todos los momentos del tiempo están presentes en su actualidad. Por tanto establece su designio eterno de "predestinación" incluyendo en él la respuesta libre de cada hombre a su gracia: "Sí, verdaderamente, se han reunido en esta ciudad contra tu santo siervo Jesús, que tú has ungido, Herodes y Poncio Pilato con las naciones gentiles y los pueblos de Israel (cf. Sal 2, 1-2), de tal suerte que ellos han cumplido todo lo que, en tu poder y tu sabiduría, habías predestinado" (Hch 4, 27-28). Dios ha permitido los actos nacidos de su ceguera (cf. Mt 26, 54; Jn 18, 36; 19, 11) para realizar su designio de salvación (cf. Hch 3, 17-18).
1266 La Santísima Trinidad da al bautizado la gracia santificante, la gracia de la justificación que :
— le hace capaz de creer en Dios, de esperar en Él y de amarlo mediante las virtudes teologales;
— le concede poder vivir y obrar bajo la moción del Espíritu Santo mediante los dones del Espíritu Santo;
— le permite crecer en el bien mediante las virtudes morales.
Así todo el organismo de la vida sobrenatural del cristiano tiene su raíz en el santo Bautismo.
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