viernes, 10 de enero de 2014

Ley ABORTO: Naturaleza y deberes del Gobierno. Enseñanza católica para los políticos: casos de pecado grave (1160)



InfoCatólica-Luis I. Amorós (1512/2013):

Condiciones del gobierno

Acerca del gobierno, distinguían los romanos dos virtudes que el derecho ha recogido clásicamente: la primera era la auctoritas (ligada a la persona y, más tenuemente, a una institución), que expresa el reconocimiento social para que un criterio sea atendido, en base principalmente al conocimiento sobre la materia y a la rectitud probada en el juicio. A propósito de la auctoritas, afirmaba Séneca “no cuentes las opiniones; pésalas”.

Por ejemplo, a la hora de juzgar acerca de una patología, tendrá más auctoritas el médico que el lego; asimismo, tendrá más auctoritas el médico experimentado y prudente que el inexperto o descuidado. Lo mismo se puede decir del juez sobre derecho, del agricultor sobre cosechas o del sacerdote sobre teología.

La potestas expresa el reconocimiento social para que un poder sea acatado. El concepto de potestas va intrínsecamente unido a la estabilidad del orden social, y supone el acuerdo de un grupo social para conceder a ciertos sujetos el poder de tomar decisiones ejecutivas. Así, los padres tienen la potestas en la familia, igual que el capitán en un barco o el alcalde en un pueblo.

De la fusión de ambos conceptos nace la autoridad. De forma ideal, la persona llamada a ejercer un puesto de gobierno debe reunir en su persona tanto la potestas social como la auctoritaspersonal. No son los cargos los que honran a las personas, sino las personas las que honran los cargos.

Principio moral del gobierno

El ejercicio de la autoridad es, ante todo, un servicio. Aquellos que deseen ejercer funciones de dirección y administración de los bienes y vidas de los miembros de la sociedad deben asumir su cometido como una servidumbre hacia su prójimo según el ejemplo y mandato directo de Nuestro Redentor. (CIC 2235).

“Sabéis que los príncipes de las naciones las subyugan, y que los grandes imperan sobre ellas. No ha de ser así entre vosotros; al contrario, el que entre vosotros quiera llegar a ser grande, sea vuestro servidor, y el que entre vosotros quiera ser el primero, sea vuestro siervo, así como el Hijo del Hombre no ha venido a ser servido, sino a servir y dar su vida en rescate por muchos.” (Mateo 20, 25-28). 

También el lavatorio de pies previo a la Última Cena ha sido interpretado desde los antiguos Padres de la Iglesia como una catequesis de servicio de aquel llamado a dirigir: “Vosotros me llamáis Maestro y Señor, y decís bien, porque de verdad lo soy. Si yo, pues, os he lavado los pies, siendo vuestro Señor y Maestro, también habéis de lavaros vosotros los pies unos a otros. Porque yo os he dado el ejemplo, para que vosotros hagáis también como yo he hecho. En verdad, en verdad os digo: no es el siervo mayor que su Señor” (Juan 13, 13-16). Estos párrafos han sido entendidos como mandato tanto a las autoridades de la Iglesia (obispos) como a las civiles.

Dado que la soberanía proviene del Creador del universo, toda autoridad resulta lógicamente delegada, por lo que el ejercicio de la autoridad está regulado por su origen intrínsecamente divino. Esta regulación se lleva a cabo a través de la razón y el objeto específico. Ninguna autoridad puede ejercerse contra la ley natural (CIC 1899). Deberá favorecer la justicia distributiva.

La justicia distributiva

Es una de las tres partes subjetivas de la virtud de la Justicia, aquella que ordena la relación de la sociedad con sus dirigentes. En palabras de Santo Tomás de Aquino, se define como la virtud que inclina a los gobernantes a distribuir los bienes comunes entre los súbditos (sujetos a la autoridad) en proporción a sus méritos, dignidad y necesidades.

Como se deduce de la definición, su nombre deriva de la distribución que la autoridad hace de bienes comunes (en lo que se distingue de la justicia conmutativa, que trata sobre bienes privados). Esta virtud es particular pues tiene dos sujetos: el gobernante y los gobernados, pero estos no en cuanto individuos, sino como miembros de una comunidad.

La justicia distributiva obliga a ambas partes: al gobernante -que debe adjudicar a cada uno lo que le corresponda-, y los gobernados -que deben lealmente aceptar esa distribución (salvando su derecho de crítica).

Tres son los objetos fundamentales de la justicia distributiva: la adjudicación de honores, cargas y beneficios comunes. El fundamento de todos los derechos y obligaciones de esta justicia (como afirma incesantemente Santo Tomás y repite Pío XI en la carta encíclica Quadragesimo Anno) es la obtención del Bien Común. Este se define como todas aquellas acciones destinadas a lograr la plenitud del desarrollo de cada persona y organización social según su propia naturaleza, dentro de un orden moral (CIC 1905).

Mecanismo del gobierno en la justicia distributiva

La autoridad debe juzgar cuales son los méritos y necesidades de cada grupo social para adjudicarle aquellos bienes comunes, según su dignidad. Ese juicio se ha de establecer por medio de una jerarquía de valores que faciliten el ejercicio de la libertad y responsabilidad de cada uno. En ese sentido, es obvio que la gran virtud de un gobernante es la sabiduría en el juicio, aquella que pedía a Yahvé como único don el rey Salomón.

No es sencillo ejercer ese juicio sabio, y pocos lo hacen de modo completamente satisfactorio, puesto que para valorar los méritos y necesidades de cada grupo, es necesario valorar lacontribución a la comunidad que realizan, atender a la concordia social y evitar que las disposiciones establecidas no tienten a oponer el interés personal al comunitario (CIC 2236).

Exigencias a los jefes y gobernantes

1) Quien ejerce la autoridad debe tener una clara conciencia de su responsabilidad ante Dios y ante los hombres, y ordenar ineludiblemente su tarea al Bien Común. Todo apartamiento de ese camino en provecho de un grupo determinado supone una gran injusticia y una alta traición a su misión, y se erige por tanto en un pecado grave.

2) Toda función gubernativa (desde el presidente de una comunidad de vecinos hasta el canciller de una nación) precisa de un determinado grado de competencia en materias muy dispares. Quien designa para una tarea a una persona insuficientemente preparada para ella, o acepta un puesto sabiéndose incompetente para el mismo, obra una injusticia y comete también unpecado grave.

3) El manejo de bienes y honores comunes precisa un espíritu experimentado en la vida y con una abundancia de la virtud de la Prudencia. Debe tener dominio de sí mismo y conocimiento acertado de los demás, para obrar de acuerdo al Bien Común en circunstancias difíciles. Quien desde puestos de autoridad procede con irreflexión, negligencia o temeridad, puede llegar a cometer también un pecado grave que perjudique a la comunidad a él encomendada.

4) El ejercicio de un cargo de responsabilidad implica asimismo poner los intereses comunes, no sólo sobre los particulares de otras personas, sino también los propios. El gobernante ha de serabnegado en el servicio público, conformándose con los honores y remuneraciones que la ley justa establezca para su función, y no anteponiendo el beneficio propio (o de familiares o amigos) al interés común. Quién perjudica el Bien común para beneficiarse de un cargo de autoridad, está cometiendo un grave pecado contra Dios y contra los hombres.

5) Por encima de cualquier decisión de gobierno, quien ejerce la autoridad viene obligado arespetar los derechos particulares y públicos (o políticos) de las personas, muy especialmente los de los más débiles de la sociedad, que tendrán mayor necesidad de la justicia distributiva. Estos derechos anteceden y superan al del gobernante, y su suspensión temporal y proporcionada estará justificada únicamente por motivos legítimos, dentro del marco de una ley moralmente correcta promulgada y con el asentimiento de los órganos de control de gobierno. Quién no obre en este sentido con los derechos de los hombres, comete también ungrave pecado (CIC 2237).

Es sumamente importante que los cristianos seamos conscientes del grave riesgo para la salvación de su alma que adquieren aquellos con autoridad que cometen algunos de los graves pecados contra el buen gobierno aquí expuestos. Por desgracia, es poco frecuente que estas enseñanzas y sus desviaciones sean hoy escuchadas en la pastoral católica, lo cual es tan grave para los afectos (que pueden no declararlas en el sacramento de reconciliación) como para la sociedad que los ignora. Sacerdotes, obispos y fieles estamos llamados a recordarlas. Aunque son perennes, en los tiempos actuales- de grave crisis política y social en España- lo son de mayor actualidad aun.

Obligaciones del gobierno político

Con respecto a la Religión: viene el gobierno obligado a dar público reconocimiento a Dios y proteger la libertad del pueblo católico para darle el culto que le es debido. Asimismo, colaborará con la Iglesia para que pueda llevar a cabo su tarea espiritual sin cortapisa alguna.

Con respecto a la Ley: el gobierno cooperará en que los legisladores establezcan una “ordenación de la recta razón al Bien Común”, de forma que el Derecho se ajuste a la Justicia. Evitará asimismo que pueda ser pervertida la ley para que favorezca a una persona o grupo en perjuicio injusto del resto. Defenderá el principio de subsidiariedad, no pretendiendo sustituir abusivamente las responsabilidades o funciones autónomas de las personas físicas o morales, y evitando así la tentación del estatismo.

Con respecto a la Ejecutoria: La disposiciones de la autoridad aplíquense con equidad, no exigiendo lo mismo a los desiguales (igualitarismo) ni lo distinto a los iguales (discriminación). Póngase especial atención a proteger a los más indefensos y débiles. Evítese con especial cuidado el favoritismo en la concesión de honores y cargos, atendiendo para ello a los merecimientos del candidato y las necesidades sociales para ese puesto.

Con respecto a la administración de Justicia: Debe el gobierno asegurarse que las magistraturas sean confiadas a jueces competentes que apliquen las leyes con espíritu riguroso pero compasivo. El gobierno cooperará plenamente con sus funciones de persecución del delito, yse abstendrá de tratar de influir en sus veredictos.

Corolario

Se ha convertido en lugar común el considerar que el poder corrompe y que por tanto todo gobernante es sospechoso de algún defecto contra el buen gobierno. Si bien es cierto que las cosas del Mundo (y el poder sobre los hombres es sin duda la más notoria de ellas) se convierten con frecuencia en fácil instrumento de seducción para el Maligno, que las “otorga” (no son propiamente suyas) a quién mejor le sirve (Mt 4, 8-9), no es cierto que sea imposible ejercer el gobierno virtuosamente y para provecho de la sociedad.

El pesimismo frente al poder puede convertir a los católicos en autistas políticos y, a la larga, hacerles renunciar a las muy cristianas convicciones en el orden y la autoridad (que existen en la tierra como reflejo del Cielo). Esto concluye en un fatalismo radicalmente anticatólico. Jamás Cristo abolió la autoridad y el orden, sino que les dio un nuevo sentido: como servicio al Bien Común. Se puede ejercer el gobierno de acuerdo a los mandatos divinos, y así lo han demostrado muchos gobernantes (incluyendo algunos santos).

Los súbditos (sujetos al gobernante) tienen la obligación de formarse en la medida de sus posibilidades en los derechos y obligaciones, tanto propios como de sus gobernantes, y ejercer en su campo una acción tanto de crítica como de colaboración con los gobiernos. No se puede pedir a quien gobierna responsabilidad en los asuntos comunes si el gobernado no la ejerce.

El fiel católico viene exigido por su fe a conocer los principios de acción de gobierno que el Magisterio de la Iglesia ha recogido a lo largo de los siglos, y que sucintamente se hallan recogidos en este artículo. Asimismo, el fiel católico ha de seguir dichos principios cordialmente en cualquier responsabilidad a la que sea llamado, y ha de predicarlos en la sociedad y en la política.

No existe la sociedad política perfecta, y sólo la Jerusalén Celeste será una comunidad irreprochable. Los principios católicos en política no garantizan per se el paraíso terrenal (la gran aspiración- y el gran error- de las ideologías materialistas, cualesquiera nombre que adopten), ya que son puestas en práctica por hombres falibles. Pero de igual modo que más fácilmente llegará a buen puerto un barco que sigue la luz del faro que aquel que busca en la oscuridad su rumbo,más cercanamente al buen gobierno se hallarán las sociedades si siguen las enseñanzas de Cristo y su Iglesia en los asuntos mundanos, que aquellas que pretenden alcanzar la perfección por teorías defectuosas elaboradas por hombres defectuosos.

Apliquémonos todos los católicos a esta acción en nuestra vida pública, por muy modesta que sea.

"Ahora, pues ¡oh reyes! Entendedlo bien: dejaos instruir, los que juzgáis la tierra. Servid al Señor con temor, y ensalzadle con temblor santo. Abrazad la buena doctrina, no sea que al fin se enoje, y perezcáis fuera del camino, cuando dentro de poco se inflame su ira. Bienaventurados serán los que hayan puesto en él su confianza" (Libro de los Salmos 2, 10-12).

Imprime esta entrada