Píldoras Anti-Masonería

El blog CLAVIJO defiende los valores

de la Iglesia Católica y de España

amenazados por el proyecto masónico-luciferino

"Nuevo Orden Mundial"


e-mail: ClavijoEspana@gmail.com



lunes, 7 de noviembre de 2022

Viganò: Reflexiones sobre la carta reciente de Benedicto XVI. Por Mons. Carlo Maria Viganò

Viganò: Reflexiones sobre la carta reciente de Benedicto XVI
7/11/2022

DE HOC MUNDO

La secularización de la autoridad como requisito para la libertad religiosa y el diálogo ecuménico teorizado por el Concilio Vaticano II

Regnum meum non est de hoc mundo
Jn.18,36

I. Antecedentes

La herida que infligió el Concilio al cuerpo de la Iglesia, y consecuentemente a todo el cuerpo de la sociedad, no se ha sanado en modo alguno al cabo de sesenta años, sino que se está gangrenando con gravísimos daños a la vista de todos. El tono entusiasta y de autobombo con que el sanedrín bergogliano ensalza al Concilio no puede disimular los estragos que ha causado en la Iglesia y en las almas.

En un comentario anterior sobre la autorreferencialidad de la iglesia conciliar (aquí) puse de manifiesto algunos aspectos cruciales de esta crisis de identidad, a los cuales se ha añadido últimamente un elemento que considero fundamental si se quiere entender el carácter subversivo del Concilio: me refiero a la carta que ha enviado Benedicto XVI al rector de la Universidad Franciscana de Steubenville (aquí) el pasado 7 de octubre. Quiero ocuparme más a fondo de este tema; el texto de Ratzinger es indispensable para identificar los antecedentes ideológicos y las formas en que se cumple en la práctica la revolución inaugurada por el Concilio Vaticano II en los frentes doctrinal, moral, litúrgico y disciplinario de la Iglesia Católica.

II. La revolución permanente

He dicho adrede «la revolución doctrinal inaugurada por el Concilio Vaticano II[ porque me parece que ya es evidente que los intolerables excesos en los que cae Bergoglio desde hace casi diez años no son otra cosa que la aplicación coherente en el ámbito eclesial del principio de revolución permanente que en el ámbito social teorizaron Marx, Engels y Trotski. El concepto de revolución permanente nace de la constatación por parte de los ideólogos bolcheviques de que el proletariado no se tomaba con mucho entusiasmo los métodos comunistas, porque si se quería propagar por el mundo la lucha de clases era necesario imponerla y hacerla irreversible, ya que sólo la revolución genera el caos que impulsa la acción subversiva contra el orden social.

La iglesia bergogliana ha adoptado un modo análogo de proceder: en vista de que la revolución conciliar no ha sido acogida con entusiasmo por el proletariado católico, el Comité Central de Santa Marta recurre a métodos de Lenin para extender la mentalidad del Concilio a aspectos doctrinales a los que en un principio ninguno de sus propulsores se habría atrevido a tocar.

De ahí el Sínodo de la Sinodalidad, es decir la instauración de una especie de concilio permanente y aun de aggionarmento permanente (aquí) que promocione supuestas peticiones de las bases -el equivalente eclesial del proletariado- como el diaconado femenino y la inclusión radical de los divorciados, concubinarios, polígamos, parejas homosexuales con hijos adoptados y partidarios del movimiento LGBTQ (aquí). Como se observará, estas peticiones, todas ellas totalmente inaceptables desde una perspectiva doctrinal y moral fiel al Magisterio, no representa de manera espontánea y fiel lo que el clero y los fieles piden a la autoridad suprema de la Iglesia. Es una ficción fraudulenta de la propaganda bergogliana, que ha llegado al extremo de imponer mediante la autoridad de Bergoglio verdaderas falsificaciones siguiendo el modelo de maniobras ensayadas en el sínodo anterior sobre la familia que engendró el ese monstruo herético llamado Amoris laetitia.

También en este caso se adultera la realidad para ajustarla por la fuerza al propio pensamiento distópico, a la presuntuosa idea de que se tiene una solución mejor que la que dispusieron la sabiduría milenaria de la Iglesia y la voluntad de su Fundador. Asistimos a la manipulación de masas aplicada en el terreno de la Iglesia, a las técnicas de los peores regímenes totalitarios, adoptadas actualmente tanto por la élite mundialista con la farsa pandémica y la transición ecológica como por la secta bergogliana, que respalda la Agenda 2030 de la Fundación Rockefeller y aliada con ella.

III. Síntesis ratzingeriana de Pueblo de Dios y Cuerpo Místico

La carta del 7 de octubre expone cuanto ya había declarado Benedicto XVI en el discurso al Parlamento Federal alemán el 22 de septiembre de 2011 (aquí). La primera formulación de la crítica al agustinismo medieval[1] se halla, sin embargo, en la disertación Pueblo y casa de Dios en la doctrina de San Agustín y sobre la Iglesia, (aquí), que se celebró en París en el lejano año 1954 con ocasión del Congreso Agustiniano (aquí).

Invocando una idea desarrollada por la escuela de Harnack [2], Ratzinger afirma:«Las dos ciudades no representaban a ningún organismo societal. Eran más bien la representación de las dos fuerzas elementales de la fe y la incredulidad en la historia. […] La Ciudad de Dios no se identifica sin más con la institución eclesial. En este sentido, el agustinismo medieval cometió un error fatal que hoy, por fortuna, ha sido definitivamente superado ».

El tema de la disertación, al que se alude de pasada en la carta, es el de la doctrina eclesiológica del Cuerpo Místico, tratado exhaustivamente en la encíclica Mystici Corporis de Pío XII. A finales de los cincuenta, con la enfermedad del Pontífice, se vuelve a plantear una rerum novarum cupiditas [3] de los teólogos progresistas, para los cuales la dimensión sobrenatural de la Iglesia era demasiado espiritual y había que sustituirla por tanto por la más seductora expresión agustina de pueblo de Dios, que fácilmente se puede interpretar tanto en clave ecuménica como incluyendo al pueblo hebreo de la Antigua Alianza, y también en clave democrática por sus posibles consecuencias sociológicas y políticas. Semejante planteamiento ideológico denota unas raíces modernistas, plenamente coherente con el pensamiento de Harnack y de su alumno.

Es evidente que este planteamiento tema de un Ratzinger que tenía veintinueve años será objeto también de debate en el Concilio, por lo que no sorprende el orgullo con el que el papa emérito invoca precisamente temas que fueron determinantes en su formación teológica y su trayectoria eclesiástica y serán puestos en práctica por su sucesor.

El planteamiento filosófico de Josef Ratzinger es esencialmente hegeliano, por lo que está imbuida de idealismo absoluto [4], fiel al esquema tesis-antítesis-síntesis. En este caso, entre la tesis católica del Cuerpo Místico y la antítesis progresista del pueblo de Dios, el Concilio y el postconcilio habrían terminado por acoger la síntesis teorizada en la disertación de 1954: «La Iglesia es el pueblo de Dios que existe como cuerpo de Cristo», en la que Cristo se entrega al fiel como Cuerpo y lo transforma en su propio Cuerpo.

Si se mira bien, es una tesis osada que corre el riesgo de confundir la diferencia sustancial entre el Cuerpo de Cristo verdaderamente presente en su integridad en las especies eucarísticas y el Cuerpo de Cristo realizado místicamente por la unión de los miembros vivos de la Iglesia con su Cabeza divina. Esta confusión habría dado lugar más tarde a que no pocos teólogos progresistas o totalmente heréticos cayeran bien a los protestantes gracias a la formulación imprecisa del Cuerpo de Cristo. Asimismo, también habría dado motivo a Francisco para hacer suyas las atrevidas metáforas pauperísticas de la Eucaristía de Raniero Cantalamessa, para quien la presencia real se realizaría entre los que acogiéndolas lo acogerían a Él.

IV. La Ciudad de Dios y la Ciudad del Diablo

El problema que se plantea es bien complejo. Presenta dos aspectos; uno ad intra, referido a lo que es y quiere ser la iglesia conciliar, y otro ad extra, relativo a su misión en el mundo y a la relación con las demás religiones. El aspecto ad intra tiene que ver con la naturaleza de la institución, aspirando a deconstruirla en clave democrática y sinodal con el falso propuesto de haber redescubierto «una dimensión espiritual más amplia» en detrimento del dogma. El aspecto ad extra supone un planteamiento ecuménico del mundo, el diálogo con las sectas y las religiones falsas, la renuncia a la evangelización de los pueblos y la sustitución de ésta por un mensaje ecológico y filantrópico sin dogmas ni moral.

Según el emérito, el error del Agustín medieval consistiría en haber identificado la Ciudad de Dios con la Iglesia visible, cuando es evidente que es el modelo para la Christianitas, o sea la sociedad transnacional en la que las leyes y el ordenamiento cumplen las aspiraciones del salmista: Beatus populus, cujus Dominus Deus ejus (Sal. 143, 15)

La doctrina nos enseña que precisamente a causa de su dimensión terrenal la Iglesia militante es a la vez santa como la Jerusalén celestial y pecadora en sus miembros, infalible en su Magisterio y falible en sus miembros. Y ni siquiera es cierto que San Agustín y sus comentadores medievales vieran en el Estado la Ciudad del Diablo; al contrario, le reconocieron un papel providencial en la economía de la salvación y la necesidad de que las autoridades civiles no sólo se ajusten a la ley natural, sino también al Magisterio católico.

Si hay una ciudad del Diablo reconocible por su maldad ontológica, hay que identificarla con el Nuevo Orden Mundial y con todas las organizaciones, también multinacionales, empeñadas en implantar la sinarquía mundialista. No es excepción a ello la secta bergogliana, ni es tampoco casual que ésta esté aliada con los criminales subversivos mencionados y los apoye.

V. La crítica ratzingeriana al agustinismo medieval

Otro gravísimo error teológico que adultera la verdadera naturaleza de la Iglesia está en el cimiento esencialmente laicista de la Iglesia conciliar, que trata de adaptar la realidad objetiva a su propio esquema ideológico en constante mutación.

Empleo el término laicista porque me parece evidente que esta perspectiva está totalmente desprovisto de una mirada sobrenatural: la mirada sobrenatural global que sabe ver las realidades terrenas sub specie aeternitatis no por mera especulación intelectual, sino porque está animada por las virtudes teologales. En las vanas palabrerías de esos intelectuales, surge desconsoladora una falta de pasión, de corazón, de sangre. Todo es teórico, todo está hecho para banalizar asépticamente la Redención y destruir el orden cristiano haciendo suyos los orwellianos métodos de la cultura de la cancelación.

Este error, insinuado en los textos del Concilio, y en particular en Dignitatis humanae sobre la libertad religiosa y en Nostra aetate para la relación con las religiones no cristianas y el judaísmo, pone a la iglesia conciliar en una situación de deliberada ruptura con la Iglesia Católica, «por primera vez» según las palabras de Benedicto XVI, el cual afirma:«Se trataba de la libertad de escoger y practicar la religión, así como de la libertad para cambiar de religión, por ser derechos fundamentales del hombre. Precisamente en virtud de sus más profundas razones, una concesión así no podía ser ajena a la fe cristiana, que había entrado en el mundo afirmando que el Estado no podía decidir sobre la verdad ni exigir culto alguno. La fe cristiana reivindicaba la libertad para las convicciones religiosas y para su ejercicio en el culto, sin infringir por ello los derechos del Estado en su propio ordenamiento: los cristianos rezaban por el Emperador, pero no lo adoraban. Desde este punto de vista se puede afirmar que con su aparición el cristianismo ha traído al mundo el principio de la libertad de religión»[5].

El equívoco tiene su fundamento en el doble significado que se atribuye a la expresión libertad religiosa: en el sentido católico expresa la libertad del bautizado para profesar la verdadera Fe públicamente y sin trabas por parte del Estado; y en el sentido modernista se refiere a la libertad abstracta de cualquier creyente para que se le reconozcan los mismos derechos y libertades por parte del Estado.

Otro equívoco surge cuando se considera indiferente que el Estado reconozca derechos y privilegios particulares a la Iglesia, que el Estado profese una religión falsa o se declare laico y prohíba el ejercicio de la verdadera religión o la equipare a un culto cualquiera. A lo largo de los siglos, la Iglesia siempre ha procurado contrapesar prudentemente los propios derechos con la situación de los países en que el catolicismo no era tolerado o era objeto de persecución; provocar a gobernantes anticatólicos para que persiguieran a sus fieles sería una falta de consideración o una imprudencia.

Con todo, que la Iglesia pueda pedir tolerancia para ella y para sus fieles en situaciones de inferioridad numérica no significa que valgan los mismos derechos para otras realidades en que la Iglesia vea reconocida su misión institucional por un Estado que se declara oficialmente católico.

Sin embargo, en nombre de la libertad religiosa teorizada por el Concilio ha sido la propia Iglesia la que ha pedido a naciones como España o Italia que renuncien a reconocerla como religión de Estado, modificando los concordatos y abrogando los privilegios que siglos de catolicismo le habían reconocido en el ámbito jurídico. Desde esta perspectiva, resulta impropio afirmar que con su aparición el cristianismo ha traído al mundo el principio de la libertad religiosa. En realidad, precisamente por esa misma diversidad ha tenido que afrontar la persecución y el martirio de sus fieles. Los primeros cristianos no pedían que admitieran a la Santísima Trinidad en el Panteón, sino que les dejaran profesar ese monoteísmo que tanto sorprendía a los romanos. Y esa libertad de culto la reivindicaban para ellos, no desde luego para los paganos, a los procuraban (con éxito) convertir a la Fe verdadera.

Al parecer se olvidan de que la Iglesia es titular de derechos que proceden directamente de Dios, y que al Estado le corresponde reconocérselos y tutelarlos no por una mera cuestión de igualdad, sino porque la religión católica es objetiva, verdadera y socialmente indispensable para alcanzar el bien común. A tal efecto viene bien citar a León XIII:«Si hay que curar a la sociedad humana, ésta sólo podrá curarla el retorno a la vida y a las costumbres cristianas, ya que, cuando se trata de restaurar las sociedades decadentes, hay que hacerlas volver a sus principios. Porque la perfección de toda sociedad está en buscar y conseguir aquello para que fue instituida, de modo que sea causa de los movimientos y actos sociales la misma causa que originó la sociedad. Por lo cual, apartarse de lo estatuido es corrupción, tornar a ello es curación»[6].

Que el Estado niegue o no el reconocimiento de estos derechos es algo accidental, y la Iglesia es libre para decidir no imponerse. Pero no le corresponde reivindicar derechos para quien siembra el error, a fin de ganar aprobación o manifestar un celo ecuménico totalmente ajeno a su misión.

VI. La falsificación de la realidad para hacer cierta una idea falsa

Si se observa bien, el pensamiento tradicional está mucho más atento a la misión de quienes ejercen cargos institucionales -como el Papa, el Rey, prelados, gobernantes, fieles y súbditos- que al concepto abstracto de la situación. Porque el Señor murió para salvar nuestras almas, no personas jurídicas. Y la Iglesia tiene el deber de convertir a todas las gentes, entre ellas a los mandatarios de las naciones, para que el cargo que ejercen sea vivificado por la Iglesia y redunde en mayor bien del pueblo al que gobiernan.

Ese fantasmagórico Agustín medieval no se equivocó, ni al dar a conocer el paradigma sobrenatural al que deben ajustarse las autoridades terrenales, sean espirituales o temporales, tienen que ajustarse, ni al teorizarse la subordinación del poder civil al religioso, ambos subordinados al de Dios.

El error fatal lo cometió por el contrario el profesor en el ámbito fuertemente ideologizado del modernismo eclesiástico y del progresismo político, cuyos partidarios tratan de atribuir sin base alguna al agustinismo político una formulación doctrinal de su invención que se corresponde con el mensaje de los primeros siglos. San Agustín nunca sostuvo que la autoridad del Estado estuviera desvinculada en modo alguno de la verdadera religión. El obispo de Hipona afirma todo lo contrario:«[Consideramos dichos a los emperadores cristianos] que ejercen el poder con justicia si en medio de los elogios de los aduladores y las serviles reverencias de los cortesanos no se ensoberbecen y recuerdan que son hombres; si ponen el poder al servicio de la majestad de Dios para propagar su culto; si temen, aman y honran a Dios; si aman más reino, en el que no temen tener rivales; si son ponderados en la aplicación de los castigos y propensos a la clemencia; si imponen penas por exigencias de gobierno y para defender al Estado y no para desfogar su odio a los rivales; si no hacen uso de la clemencia para dejar impunes las infracciones de la ley sino con esperanza de corrección; si compensan las decisiones severas que en muchos casos se ven obligados a tomar con la suavidad de la compasión y la magnificencia; si contiene la lujuria cuantas más posibilidades tiene de desbocarse; si prefieren dominar las bajas pasiones que a un pueblo numeroso y no obran así por el deseo de una gloria efímera sino por amor a la felicidad eterna; si no se olvidan de ofrecer al Dios verdadero el sacrificio de la humildad, la clemencia y la oración por los propios pecados. Declaramos que nos alegramos de los emperadores cristianos que manifiestan esas cualidades con la esperanza de que más tarde lo sean de hecho cuando gocen del objeto de nuestra esperanza»[7].

Ciertamente no es posible que una sociedad constituida por personas que a nivel individual tienen el deber moral de reconocer la Revelación divina y obedecer los Mandamientos de la Ley de Dios, así como la autoridad de la Iglesia, se sustraiga al mismo deber. Como tampoco es cierto que la presencia de otras religiones numéricamente relevantes dejando de lado las aberraciones doctrinales que enseñan, pueda legitimar una actitud de reconocimiento rassegnato de marginalización de la única religión verdadera, y menos cuando semejante pérdida de consenso y de apoyo por parte del Estado y de la sociedad se deben ante todo a la dejación de funciones por parte de la Jerarquía católica en base a las desviaciones conciliares.

VII. Sacralidad de la autoridad contra las derivas totalitarias

La formulación de San Agustín -que no se limita a La Ciudad de Dios, sino que se precisa ampliamente y de modo ortodoxo en toda su obra- se debe entender en armonía con las Sagradas Escrituras y el Magisterio católico, herederos por otra parte del concepto vicario de la autoridad civil que caracterizó al pueblo de Israel, cuyos monarcas representaban la autoridad de Dios, como sucedió más tarde con los reyes cristianos a partir de Bizancio.

La sacralidad de la autoridad civil, heredada de la civilización grecorromana, estaba hasta tal punto arraigada en el mundo cristiano que llegó a asumir connotaciones ceremoniales propias del orden sagrado. Pensemos por ejemplo en la unción con el crisma, o en las vestiduras litúrgicas el emperador del Sacro Imperio Romano o en las funciones prelaticias del Dux de Venecia. Y también en la Italia de los concejos municipales medievales, a los que se suele presentar como más laicos que la monarquía, el concepto de república bien ordenada se desarrolló en el medioevo de forma coherente con la Fe, y Ambrogio Lorenzetti lo puso de relieve en los frescos de la Alegoría del buen gobierno en el Palacio Público de Siena.

Separar artificialmente la armonía y la complementariedad (como jerárquica entre la autoridad espiritual y la temporal fue una operación desgraciada que ha supuesto la antesala de la tiranía y la anarquía cada vez que se ha puesto en práctica. El motivo incluso salta a la vista: Cristo es a la vez Rey de la Iglesia y de las Naciones, porque toda autoridad proviene de Dios (Rom.13,1). Negar que los gobernantes tengan el deber de someterse a la señoría de Cristo es un error gravísimo, porque al prescindir de la ley moral el Estado puede imponer su propia voluntad haciendo caso omiso de la voluntad de Dios subvirtiendo por tanto el orden natural divino en la Ciudad de Dios para sustituirlo por el libre arbitrio y el caos infernal de la Ciudad del Diablo.

Esto nos permite entender que tanto una como la otra ciudad son modelos a los que tender, sin abstrusas espiritualizaciones ni toscos realismos. Nos damos igualmente cuenta de que tras estas especulaciones meramente intelectuales se oculta un planteamiento idealista de matriz hegeliana, producto de la voluntad de crear una realidad ficticia contrapuesta a la voluntad de Dios. Es más, también el deseo de imponer una alternativa prometeica a la Pasión del Salvador que se escandaliza de la Cruz redentora porque en la economía de la Redención la Cruz es trono real: regnavit a ligno Deo. Creer que el mundo pueda no ser cristiano y prescindir de Dios valiéndose por sí mismo es una quimera infernal y blasfema.

VIII. Secularización de la autoridad eclesiástica

Por otra parte, si se quería dar una pátina teológica a la laicidad del Estado como consecuencia necesaria de la libertad de culto teorizada para los individuos, era forzoso negar los antecedentes doctrinales de las Escrituras, los Padres y el Magisterio invocando una supuesta corrupción del verdadero mensaje cristiano por parte de pensadores medievales. Como vemos, las desviaciones doctrinales se basan siempre en la mentira, en falsificaciones históricas y en la ignorancia de los interlocutores, a los que quiere imponer los propios errores.

Las consecuencias son devastadoras y están a la vista: cuando una societas perfecta no es obligada a reconocer como su Soberano al Señor, esto pasa también necesariamente en la Iglesia terrena, cuya Jerarquía puede entonces optar por ejercer su autoridad con el mero fin de mantener el poder en vez de ceñirse a los límites claramente fijados por su divino Fundador. No es casual que el postconcilio se haya desvivido por borrar la doctrina de la Realeza de Cristo, llegando al extremo de manipular los textos litúrgicos de la fiesta que instituyó Pío XI en 1925 por medio de la encíclica Quas primas.

Ratzinger habla de una eclesiología suya personal, y afirma que ni la Iglesia puede llamarse Ciudad de Dios ni puede tampoco seguir considerando vigente la doctrina que definió Pío XII en la encíclica Mystici Corporis de 1943. Dice el Emérito: «Por su parte, la espiritualización total del concepto de Iglesia está desprovista del realismo de la fe y de sus instituciones en el mundo. Por eso, la cuestión de la Iglesia en el mundo terminó por volverse el problema central del debate». Tan central que alteró la doctrina católica para mostrarse al día, dialogante, inclusivo y filantrópico. Pero precisamente el haber perdido de vista su misión de Domina gentium ha llevado a la iglesia conciliar a asumir una postura de dejación, una postura marginal, de falta de relevancia social. Es el precio de sangre con el que se ha manchado al traicionar a Cristo desobedeciendo su mandato y dejándose contaminar por las ideas del mundo. Y si hasta Pío XII la Iglesia tenía por modelo la Ciudad de Dios y se consideraba Cuerpo Místico de Cristo, a pesar de la debilidad de sus miembros, se diría que en las últimas décadas el modelo en el que se inspiran los promotores del Concilio es más bien el de la Ciudad del Diablo, en vista del apoyo que brinda la Santa Sede a la ideología mundialista, a los delirios neomalthusianos de la economía verde, al transhumanismo y toda la narrativa de género y LGTBQ.

30 de octubre de 2022

Domini Nostri Jesu Christi Regis

[1] Por agustinismo medieval se entiende el desarrollo del pensamiento iniciado por San Agustín, en particular en lo relativo a las consecuencias políticas y sociales de la doctrina sobre la Ciudad de Dios y la Ciudad del Diablo, que para los novatores habría falseado el pensamiento original de San Agustín, exacerbando entre otras cosas el concepto teocrático del poder, ya sea civil o eclesiástico. Huelga decir que semejante crítica no es sino un pretexto y se basa en grandes falsificaciones de la historia. La idea de que toda potestad procede Dios ya la tenía bien clara el Obispo de Hipona, y su explicitación en el agustinismo político medieval tiene plena coherencia con la Tradición.

[2] Adolf von Harnack (1851-1930), fue un teólogo protestante e historiador alemán de la religión. Las características fundamentales de la teología de Harnack era la aspiración a una supuesta libertad sin restricciones para estudiar la historia de la Iglesia y del Nuevo Testamento; escepticismo hacia la teología especulativa, sea ortodoxa o liberal; y un cristianismo práctico que impregnase la vida y no se redujera a un mero sistema teológico. Harnack rechazaba la historicidad del Evangelio de San Juan (pues pensaba que hacía excesivo hincapié en la divinidad de Nuestro Señor), y prefería los Sinópticos. Rechazaba asimismo los milagros. Su religiosidad crítica de la Tradición está imbuida de numerosos ideales sociales, como deja ver en un ensayo de 1907. Para Harnack, la misión del cristiano en el mundo está ante todo en el servicio a la sociedad. Acepta influencias del idealismo: la elaboración de una teoría abstracta basada en principios modernistas deber forzosamente negar a priori la divinidad de Cristo, los milagros, las profecías y todo lo que no confirme la tesis. Esto invalidad todo estudio científico, filosófico y teológico serio, reduciéndolo a propaganda.

[3] Sallustio, Bellum Catilinæ, 48 Rerum novarum cupiditas Catilinæ animum incendebat: Catilina ardía en deseos de hacer una revolución [literalmente: era un maniático de las novedades].

[4] El idealismo hegeliano insiste en el abandono de la lógica aristotélica (que excluye la contradicción) prefiriendo una nueva lógica a la que llama sustancial. El ser ya no se opone estáticamente al no ser, sino que se le hace coincidir con éste último y llega más allá del devenir. El idealismo hegeliano, que resuelve todas las contradicciones de la realidad en la Razón absoluta, tendrá un resultado inmanentísta, reconociendo en sí mismo y no en un principio trascendente la meta final de la filosofía.

[5] Joseph Ratzinger, Opera omnia, volume VII/1, Gli insegnamenti del Concilio Vaticano II, Libreria Editrice Vaticana, 2016, Prefazione (Castel Gandolfo, 2 agosto 2012).

[6] Rerum novarum, 22

[7] De Civitate Dei, V, 24

(Traducido por Bruno de la Inmaculada)