Breve examen crítico del Novus Ordo Missae (1/2)
Por Cardenales Alfredo Ottaviani y Antonio Bacci
16/02/2024
Prefacio
Carta a Pablo VI de los cardenales Ottaviani y Bacci
Después de haber examinado y hecho examinar el nuevo Ordo Missae preparado por los expertos de la Comisión para la aplicación de la Constitución conciliar sobre la Sagrada Liturgia, y después de haber reflexionado y rezado durante largo tiempo, sentimos la obligación ante Dios y ante Vuestra Santidad de expresar las siguientes consideraciones:
Como suficientemente prueba el examen crítico anexo, por muy breve que sea, obra de un grupo selecto de teólogos, liturgistas y pastores de almas, el nuevo Ordo Missae –si se consideran los elementos nuevos susceptibles de apreciaciones muy diversas, que aparecen en él sobreentendidas o implícitas– se aleja de modo impresionante, tanto en conjunto como en detalle, de la teología católica de la Santa Misa tal como fue formulada por la 20ª sesión del Concilio de Trento que, al fijar definitivamente los «cánones» del rito, levantó una barrera infranqueable contra toda herejía que pudiera atentar a la integridad.
Las razones pastorales atribuidas para justificar una ruptura tan grave, aunque pudieran tener valor ante las razones doctrinales, no parecen En el nuevo Ordo Missae aparecen tantas novedades y, a su vez, tantas cosas eternas se ven relegadas a un lugar inferior o distinto –si es que siguen ocupando alguno– que podría reforzarse o cambiarse en certeza la duda que por desgracia se insinúa en muchos ámbitos según el cual las verdades que siempre ha creído el pueblo cristiano podrían cambiar o silenciarse sin que esto suponga infidelidad al depósito sagrado de la doctrina, al cual está vinculado para siempre la fe católica. Las recientes reformas han demostrado suficientemente que los nuevos cambios en la liturgia no podrán realizarse sin desembocar en un completo desconcierto de los fieles, que ya manifiestan que les resultan insoportables y que disminuyen incontestablemente su fe. En la mejor parte del clero esto se manifiesta por una crisis de conciencia torturante, de la que tenemos testimonios innumerables y diarios.
Estamos seguros de que estas consideraciones, directamente inspiradas en lo que escuchamos por la voz vibrante de los pastores y del rebaño, deberán encontrar un eco en el corazón paterno de Vuestra Santidad, siempre tan profundamente preocupado por las necesidades espirituales de los hijos de la Iglesia. Los súbditos, para cuyo bien se hace la ley, siempre tienen derecho y, más que derecho, deber –en el caso en que la ley se revele nociva– de pedir con filial confianza su abrogación al
Por ese motivo suplicamos instantemente a Vuestra Santidad que no permita, –en un momento en que la pureza de la fe y la unidad de la Iglesia sufren tan crueles laceraciones y peligros cada vez mayores, que encuentran cada día un eco afligido en las palabras del Padre común–, que no se nos suprima la posibilidad de seguir recurriendo al íntegro y fecundo Misal romano de San Pío V, tan alabado por Vuestra Santidad y tan profundamente venerado y amado por el mundo católico entero.
Cardenal Ottaviani, prefecto de la Congregación para la doctrina de la Fe. Y Cardenal Bacci.
I
El Sínodo episcopal convocado en Roma en octubre de 1967 tuvo que pronunciar un juicio sobre la celebración experimental de una misa denominada «misa normativa». Esa misa había sido elaborada por la Comisión para la aplicación de la Constitución conciliar sobre la Sagrada Liturgia.
Esa misa provocó una enorme perplejidad entre los miembros de Sínodo: una viva oposición (43 non placet), muchas y sustanciales reservas (62 juxta modum) y 4 abstenciones, de un total de 187 de votantes.
La prensa internacional informativa habló de un «rechazo» por parte del Sínodo. La prensa de tendencia innovadora pasó en silencio el acontecimiento. Un periódico conocido, destinado a los obispos y que expresa su enseñanza, resumió el nuevo rito en estos términos: «Se pretende hacer tabla rasa de toda la teología de la Misa. En pocas palabras, se acerca a la teología protestante que destruyó el sacrificio de la Misa».
En el Ordo Missae promulgado por la Constitución apostólica Missale romanum del 3 de abril de 1969, encontramos, idéntica en su sustancia, la «misa normativa». No parece que en el intervalo se haya consultado sobre este tema a las Conferencias episcopales como tales.
La Constitución apostólica Missale romanum afirma que el antiguo Misal promulgado por San Pío V (Bula Quo Primum, 14 de julio de 1570), –pero que se remonta en gran parte a San Gregorio Magno e incluso a una mayor antigüedad 1– ha sido durante cuatro siglos la norma de la celebración del Sacrificio para los sacerdotes de rito latino. La Constitución apostólica Missale romanum añade que en este Misal, difundido en toda la tierra, «innumerables santos alimentaron su piedad y su amor a Dios».
Y sin embargo, «desde que comenzó a afirmarse y extenderse en el pueblo cristiano el gusto de favorecer la sagrada liturgia», se habría vuelto necesaria –según la misma Constitución– la reforma que pretende poner ese Misal definitivamente fuera de uso.
Esta última afirmación encierra, con toda evidencia, un grave equívoco.
Pues aunque el pueblo cristiano expresó su deseo, lo hizo –principalmente por impulso de San Pío X– cuando se puso a descubrir los tesoros auténticos e inmortales de su liturgia. Nunca, absolutamente nunca, el pueblo cristiano pidió que, para hacerla entender mejor, se cambiara o mutilara la liturgia. Lo que pide entender mejor es la única e inmutable liturgia, que nunca habría querido ver que se cambie.
El Misal romano de San Pío V era muy querido para el corazón de los católicos, sacerdotes y laicos, que lo veneraban religiosamente. No se entiende en qué este Misal, acompañado por una apropiada iniciación, podría obstaculizar una mayor participación y un mejor conocimiento de la sagrada liturgia; no se entiende por qué, al mismo tiempo que se le reconocen tan grandes méritos como lo hace la Constitución Missale romanum, se juzga que no es capaz de seguir alimentando la vida litúrgica del pueblo cristiano.
Resulta pues, que el Sínodo episcopal había rechazado esa «misa normativa», y ahora se recupera sustancialmente y se impone con el nuevo Ordo Missae, sin haber sido sometido nunca al juicio colegial de las Conferencias episcopales. Nunca el pueblo cristiano (y especialmente en las misiones) ha querido ninguna reforma de la Santa Misa. No se alcanzan, pues, a discernir los motivos de la nueva legislación que acaba con una tradición de la que, la propia Constitución Missale romanum reconoce que había permanecido sin cambio desde los siglos IV ó V.
Por consiguiente, al no existir los motivos de tal reforma, la propia reforma aparece desprovista de fundamento razonable que, justificándola, la volvería aceptable al pueblo cristiano.
El Concilio había expresado claramente, en el nº 50 de su Constitución sobre la liturgia, el deseo de que las diversas partes de la Misa fueran revisadas «de modo que se manifieste con mayor claridad el sentido propio de cada una de las partes y su mutua conexión». No vemos de qué modo el nuevo Ordo Missae responde a esos deseos, de los que podemos decir que no queda, de hecho, ningún recuerdo.
El examen detallado del nuevo Ordo Missae revela cambios de tal importancia que justifican el mismo juicio que se hizo sobre la «misa normativa».
El nuevo Ordo Missae, como la «misa normativa», en muchos puntos se ha redactado para contentar a los protestantes más modernistas.
II
Empecemos con la DEFINICIÓN DE LA MISA. Se encuentra en el nº 7 del capítulo 2 de la
Ordenación general. Este capítulo se titula «Estructura de la Misa».
Esta es la definición:
«La Cena del Señor, o Misa, es la asamblea 2 sagrada o congregación del pueblo de Dios, reunido bajo la presidencia del sacerdote para celebrar el memorial del Señor 3. De ahí que sea eminentemente válida, cuando se habla de la asamblea local de la Santa Iglesia, aquella promesa de Cristo: ―Donde están reunidos dos o tres en mi nombre, allí estoy yo en medio de ellos‖ (Mt 18, 20)».
La definición de la Misa se reduce, pues, a una «cena»: y esto aparece continuamente (en los números 8, 48, 55, 56 de la Ordenación general).
Esta «cena» se describe además como asamblea presidida por el sacerdote; asamblea reunida para realizar «el memorial del Señor», que recuerda lo que se hizo el Jueves Santo.
Todo esto no implica ni Presencia real, ni realidad del Sacrificio, ni el carácter sacramental del sacerdote que consagra, ni el valor intrínseco del Sacrificio eucarístico independientemente de la presencia de la asamblea 4.
En pocas palabras, esta nueva definición no contiene ninguno de los elementos dogmáticos esenciales a la Misa y que constituyen su verdadera definición 5. La omisión de estos elementos dogmáticos en tal lugar sólo puede ser voluntaria.
Tal omisión voluntaria significa su «superación» y, por lo menos en la práctica, su negación.
En la segunda parte de la nueva definición se agrava aún más el equívoco, pues se afirma que la asamblea en la que consiste la Misa realiza «eminentemente» la promesa de Cristo: «Donde están reunidos dos o tres en mi nombre, allí estoy yo en medio de ellos». Ahora bien, esta promesa se refiere formalmente a la presencia espiritual de Cristo en virtud de la gracia.
De este modo, el encadenamiento y la secuencia de las ideas en el nº 7 de la Ordenación general, induce a pensar que esta presencia espiritual de Cristo es cualitativamente homogénea, salvo en la intensidad, a la presencia sustancial propia al sacramento de la Eucaristía.
A la nueva definición del nº 7 le sigue el nº 8, con la división de la Misa en dos partes:liturgia de la palabra;
liturgia eucarística.
Esta división está acompañada por la afirmación de que en la Misa se dispone: la «mesa de la Palabra de Dios»,la «mesa del Cuerpo de Cristo»,
en la que los fieles «encuentran formación y refección».
Esto supone una asimilación de las dos partes de la liturgia como si se trataran de dos signos de idéntico valor simbólico, asimilación que es absolutamente ilegítima. Volveremos más adelante sobre el tema.
La Ordenación general, que constituye la introducción del nuevo Ordo Missae, para designar la Misa emplea muchas expresiones que serían relativamente aceptables, pero todas ellas deben rechazarse si se emplean –como de hecho se hace– por separado y de modo absoluto pues, de ese modo, cada una adquiere un alcance absoluto.
Veamos algunas:«acción de Cristo y del pueblo de Dios»;
«Cena del Señor»;
«comida pascual»;
«participación común a la mesa del Señor»;
«plegaria eucarística»;
«liturgia de la palabra y liturgia eucarística», etc…
Queda manifiesto que los autores del nuevo Ordo Missae han hecho hincapié, de modo obsesivo, en la cena y en la memoria que se realiza en ella, y no en la renovación (incruenta) del sacrificio de la Cruz.
Igualmente hay que decir que la fórmula: «Memorial de la Pasión y de la Resurrección» no es correcta. La Misa se refiere formalmente sólo al Sacrificio, que es en sí mismo redentor; la Resurrección es su fruto 6. – Veremos más delante cómo se renuevan y repiten insistentemente de modo sistemático los mismos equívocos en la propia fórmula consagratoria y en general en todo el nuevo Ordo Missae.
III
Tratemos ahora sobre los FINES DE LA MISA: a saber, su fin último, su fin próximo y su fin inmanente.
1. Fin último.
El fin último de la Misa consiste en que es un Sacrificio de alabanza a la Santísima Trinidad – conforme a la intención primordial de la Encarnación, declarada por el propio Cristo: «Al entrar en este mundo, dice: ―Sacrificio y oblación no quisiste; pero me has formado un cuerpo‖» (Sal. 40, 7-9; Heb., 10, 5).
El nuevo Ordo Missae hace desaparecer este fin último y esencial:en primer lugar del Ofertorio, en el que ya no figura la oración Suscipe Sancta Trinitas (o Suscipe Sancte Pater);
en segundo lugar, de la conclusión de la Misa, que ya no contiene el Placeat tibi Sancta Trinitas;
en tercer lugar, del Prefacio, pues ahora sólo se rezará una vez al año el Prefacio de la Santísima Trinidad.
2. Fin próximo.
El fin próximo de la Misa consiste en que es un sacrificio propiciatorio 7.
También este fin se ve comprometido: mientras que la Misa realiza la remisión de los pecados, tanto por los vivos como por los difuntos, el nuevo Ordo hace hincapié sobre el alimento y la santificación de los miembros de los asistentes.
Cristo instituyó el Sacramento durante la última Cena y entonces se puso en estado de Víctima para unirnos a su estado de Víctima; este es el motivo por el que la inmolación precede a la manducación 8 y encierra plenamente el valor redentor que proviene del Sacrificio cruento. Prueba de ello es que se pueda asistir a la Misa sin comulgar sacramentalmente 9.
3. Fin inmanente.
El fin inmanente de la Misa consiste en que es primordialmente un Sacrificio.
Ahora bien, es esencial al sacrificio ser de tal naturaleza que sea agradable a Dios, es decir, aceptado como sacrificio.
En el estado de pecado original, ningún sacrificio podía ser aceptable a Dios. El único sacrificio que puede y debe ser aceptable es el de Cristo, de modo que era eminentemente conveniente que el Ofertorio refiriera enseguida el Sacrificio de la Misa al Sacrificio de Cristo.
Pero el nuevo Ordo Missae altera la ofrenda degradándola. La hace consistir en una especie de intercambio entre Dios y el hombre: el hombre pone el pan y Dios lo cambia en pan de vida; y pone el vino y Dios lo convierte en una bebida espiritual: «Bendito seas, Señor, Dios del universo, por este pan (o vino), fruto de la tierra y del trabajo del hombre, que ahora te presentamos; él será para nosotros pan de vida (o bebida de salvación)».
No hace falta subrayar que las expresiones «pan de vida» (panis vitae) y «bebida espiritual» (potus spiritualis) son absolutamente indeterminadas, ya que pueden significar cualquier cosa. Volvemos aquí al mismo equívoco capital que hemos encontrado en la definición de la Misa, en donde se hace una referencia a la presencia espiritual de Cristo entre los suyos, y aquí el pan y vino se cambian espiritualmente, sin precisar que cambian sustancialmente 10.
En la preparación de las oblatas11, se realiza un juego parecido de equívocos con la supresión de las dos admirables oraciones:Deus qui humanae substantiae…;
Offerimus tibi, Domine…
La primera de estas dos oraciones declara: «Oh Dios, que maravillosamente formaste la naturaleza humana y mas maravillosamente la reformaste», lo cual recuerda la antigua condición de la inocencia del hombre y su condición actual de redimido por medio de la sangre de Cristo, y es una recapitulación discreta y rápida de toda la economía 12 del sacrificio desde Adán hasta el tiempo actual.
La segunda de estas dos oraciones, que es la última del Ofertorio, se expresa sobre el modo propiciatorio: pide que el cáliz se eleve cum odore suavitatis en presencia de la divina Majestad, cuya clemencia implora, y subraya maravillosamente esta misma economía del sacrificio.
Estas dos oraciones han sido suprimidas en el nuevo Ordo Missae.
Suprimir de este modo la referencia permanente a Dios, que expresaba explícitamente la oración eucarística, es suprimir toda distinción entre el sacrificio que procede de Dios y el que procede del hombre.
Destruyendo de este modo la clave de bóveda, forzosamente hay que fabricar andamios para reemplazarla: al suprimir los verdaderos fines de la Misa, forzosamente hay que inventar otros ficticios. De aquí procecen los nuevos gestos para subrayar la unión entre el sacerdote y los fieles, y la de los fieles entre sí; la superposición –destinada a caer en lo grotesco– de las ofrendas hechas para los pobres y la Iglesia, con la ofrenda de la Hostia destinada al Sacrificio.
Con esta confusión, se borra la singularidad primordial de la Hostia destinada al Sacrificio, de modo que la participación a la inmolación de la Víctima se convierte en una reunión de filántropos o en un banquete de beneficencia.
Parte 1/2
1 Las oraciones del Canon romano se encuentran en el tratado De Sacramentis (fin del siglo IV y principios del V). Nuestra Misa se remonta, sin ningún cambio esencial, a la época en que por primera vez adoptaba la forma desarrollada de la liturgia común más antigua. Aún conserva el perfume de aquella liturgia primitiva, contemporánea a los días en que los Césares gobernaban al mundo y esperaba poder extender la fe cristiana; y a los días en que nuestros antepasados se reunían antes de la aurora para cantar el himno de Cristo, al que reconocían como a su Dios (cf. Plinio el Joven, Ep. 96). En toda la cristiandad no hay un rito tan venerable como la Misa romana (A. Fortescue, The Mass, a study of the Roman Liturgy, 1912). «El Canon romano, tal como es hoy, se remonta a San Gregorio Magno. No hay ni en Oriente ni Occidente ninguna plegaria eucarística que, permaneciendo en uso hasta nuestros días, pueda invocar tal antigüedad. No sólo según el juicio de los ortodoxos sino también según el parecer de los anglicanos e incluso de aquellos de entre los protestantes que han guardado algún sentido de la tradición, rechazar este Canon equivaldría por parte de la Iglesia romana a renunciar para siempre a la pretensión de representar la verdadera Iglesia Católica» (P. Louis Bouyer) .
2 En latín «synáxis»: reunión religiosa. Palabra del vocabulario cristiano que se refiere, por oposición al término judío «sinagoga» que procede de la misma raíz griega, la comunidad cristiana reunida para la oración, la lectura y la eucaristía.
3 El nuevo ORDO MISSAE remite en nota, para apoyar tal definición, a dos textos de Vaticano II. Pero al remitirse a esos dos textos, no se encuentra nada que pueda justificar tal definición. El primero de esos textos es del Decreto Presbyterorum Ordinis, 5:
«Consagra Dios a los presbíteros, por ministerio de los Obispos, para que… obren como ministros de quien… efectúa continuamente… su oficio sacerdotal en la liturgia… con la celebración, sobre todo, de la Misa, [en que] ofrecen sacramentalmente el Sacrificio de Cristo». Y el segundo texto es de la Constitución sobre la liturgia, Sacrosanctum Concilium, 33: «En la liturgia, Dios habla a su pueblo; Cristo sigue anunciando el Evangelio. Y el pueblo responde a Dios con el canto y la oración. Más aún : las oraciones que dirige a Dios el sacerdote —que preside la asamblea representando a Cristo (in Persona Christi)—, se dicen en nombre de todo el pueblo santo y de todos los circunstantes». No se ve realmente cómo se puede sacar de esos textos la definición de la Misa que da el nuevo ORDO MISSAE.
4 El concilio de Trento afirma la presencia real: «Primeramente, el Santo Sínodo enseña y confiesa abierta y simplemente que en el nutricio Sacramento de la Santa Eucaristía, después de la. consagración del pan y del vino se contiene verdadera, real y substancialmente a Nuestro Señor Jesucristo, verdadero Dios y hombre, bajo la apariencia de aquellas cosas sensibles» (Denzinger, Enchiridium Sybolorum, Ed. Herder, Barcelona 1965, nº 1636. Siglas: D.S.). – En la 22ª sesión del concilio de Trento, se precisó la doctrina de la Misa con nueve cánones, cuyos puntos esenciales son: 1.- La Misa es un verdadero Sacrificio visible y no una representación simbólica: «Nuestro Señor Jesucristo… para dejar a su esposa amada, la Iglesia, un sacrificio visible… por el cual se representa aquel sacrificio cruento que hubo de realizarse una sola vez en la Cruz (…) y se aplica su fuerza salvadora para la remisión de los pecados que diariamente cometemos» (D.S. 1740. 2.- Jesucristo Nuestro Señor, «declarándose a sí mismo constituido para siempre sacerdote según el orden de Melquisedec (Sal, 109, 4)», obra instrumentalmente por medio del sacerdote que celebra la Misa: «ofreció a Dios Padre su cuerpo y su sangre bajo las especies de pan y de vino y bajo los símbolos de esas mismas cosas los dio a sus Apóstoles (a quienes entonces constituía sacerdotes del Nuevo Testamento) para que los tomaran, y a ellos mismos y a sus sucesores en el sacerdocio les mandó que los ofrecieran por medio de estas palabras: ―Haced esto en conmemoración mía‖ como siempre lo entendió y enseñó la Iglesia Católica» (D.S. ibid.). En el que celebra, el que ofrece y el que sacrifica es el sacerdote, consagrado para esa función, y no la asamblea del pueblo de Dios: «Si alguien dijere que con aquellas palabras: ―Haced esto en conmemoración mía‖ (Lc 22,19; 1 Cor 11, 24), Cristo no instituyó sacerdotes a los Apóstoles o que no los ordenó para que ellos y los otros sacerdotes ofrecieran su cuerpo y sangre, sea anatema» (D.S. 1752). 3.- El Sacrificio de la Misa es un verdadero sacrificio PROPICIATORIO y no una simple conmemoración del sacrificio de la Cruz: «Si alguien dijere que el Sacrificio de la Misa es sólo de alabanza y de acción de gracias o una mera conmemoración del sacrificio realizado en la cruz, pero no propiciatorio; o que sólo aprovecha al que lo recibe y que no debe ser ofrecido por los vivos y difuntos, por los pecados, penas, satisfacciones y otras necesidades, sea anatema» (D.S. 1753). Recordemos igualmente el canon 6: «Si alguien dijere que el Canon de la Misa contiene errores, y que por lo tanto debe ser abrogado, sea anatema» (D.S. 1756); y el canon 8: «Si alguien dijere que las Misas en las cuales sólo el sacerdote comulga sacramentalmente, son ilícitas y que por lo tanto deben ser abrogadas, sea anatema» (D.S. 1758).
5 No hace falta recordar que si se abandona un solo dogma ya definido, por el mismo hecho se desmoronarían todos los dogmas, incluido evidentemente el de la infalibilidad del supremo y solemne Magisterio jerárquico.
6 Si la intención era recuperar el Unde et memores, se habría tenido que añadir también la Ascensión. Pero el Unde et memores no mezcla realidades de naturaleza diferente, sino que distingue con fineza: «…acordándonos… de la dichosa Pasión de tu mismo Hijo y Señor nuestro Jesucristo, así como de su resurrección del sepulcro, y también de su gloriosa Ascensión a los cielos».
7 Propiciatorio: que tiene la virtud de volver propicio a Dios, por una expiación que obtiene el perdón de los pecados.
8 Manducación: acción de comer. Esta palabra apenas se emplea si no es para designar una acción religiosa: la manducación del Cordero pascual entre los judíos, y la comunión eucarística.
9 Aparece el mismo desplazamiento de énfasis en los tres nuevos cánones, denominados «plegarias eucarísticas», por medio de la sorprendente eliminación del Memento de difuntos y de toda mención del sufrimiento de las almas del Purgatorio, por las cuales se aplica el sacrificio propiciatorio.
10 La introducción, ya sea de fórmulas nuevas o de expresiones que se encuentran materialmente en los textos de los Padres de la Iglesia o del Magisterio, pero empleadas en un sentido absoluto y sin referencia al cuerpo doctrinal en que encuentran su lugar y significado (p. ej.: «spiritualis alimonia», «cibus spiritualis», «potus spiritualis»), ya ha sido denunciada en la encíclica Mysterium fidei.
11 Oblatas: el pan y vino traídos al altar para ser consagrados. (Por otra parte, el término oblato designaba primitivamente al niño ofrecido por sus padres a un monasterio para convertirse en monje; después del siglo XIX, designa también al fiel que viviendo en el mundo se afilia a un monasterio por medio de una oblación, que no es propiamente voto).
12 Economía: en sentido religioso, conjunto ordenado y armónico de las disposiciones adoptadas por la Providencia (para realizar la redención y la salvación de los hombres).