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sábado, 5 de octubre de 2013

Padre Mariana: Orden político natural, Moral social y Res pública (1021)




Juan de Mariana, 1536-1624

El gran pensador español Juan de Mariana nació en Talavera de la Reina a finales del año 1535, el Padre Mariana se convertiría con el paso de los años en uno de los pensadores más originales y sólidos de la Escuela de Salamanca. Pronto destacó por su capacidad intelectual y tras ingresar en la Compañía de Jesús, cursó estudios universitarios en Alcalá. 

Hacia 1560 fue llamado para enseñar Teología en Roma. Su creciente prestigio como profesor y pensador le llevarían más tarde a París donde enseñaría la doctrina de Santo Tomás de Aquino. En esos momentos Juan de Mariana ya era una de las mentes más respetadas del Viejo Continente. 

En 1574, vuelve a España después de haber solicitado el traslado por supuestos problemas de salud. Problemas que no le impedirían comenzar el período intelectualmente más productivo de su vida y vivir hasta los 89 años.

Su defensa de la propiedad privada y de los límites claros y estrictos del poder político continúan siendo formidables recomendaciones para la salvaguarda de los derechos individuales de todos seres humanos.

Principios de la Ley natural

El magisterio de la Iglesia enseña que Dios se ha manifestado al hombre de dos formas: la primera como Creador del Universo y sus leyes; ha impreso en el alma de cada hombre una serie de normas morales que le desarrollan como persona y que, independientemente de la cultura y la época, se ve impulsado de forma natural a seguir. La presencia de esas normas morales innatas universales (vg buscar lo trascendente, amar a los padres, hijos y hermanos, no matar, tener compasión por los semejantes, defender a los propios frente a los extraños, respetar la propiedad ajena, no mentir, dar a cada uno lo que le corresponde, proteger al indefenso, etc) son, en sí mismas, prueba filosófica de la fraternidad humana y de la existencia de Dios, que esantecedente a ella. A esas normas se les conoce con el nombre de Ley Natural, y el hombre puede acceder a ella por su sola razón.

Al ser ejercida por el hombre, la ley natural genera una moral natural tanto individual como comunitaria. Aristóteles postuló que toda costumbre y derecho humano debía seguir esa ley para ser conforme a la justicia. Este principio tiene importancia desde el punto de vista teológico, pues demuestra que cualquier hombre, siguiendo la moral natural, ya está ordenando su vida a los designios divinos, y por tanto obrando como Justo. Del mismo modo, las sociedades que siguen costumbres ajustadas a la moral natural, practican la Justicia. Así, aquellas personas o sociedades que no siguen al Dios verdadero por desconocimiento, al obrar conforme a ley natural pueden obtener la salvación.

Principios de la Ley divina

La segunda manifestación de Dios al hombre es más directa y explícita: se manifiesta a algunas personas en algunos momentos de la historia, bien por signos sobrenaturales (fenómenos físicos, ángeles o manifestaciones directas del Espíritu Santo), bien por medio de profetas y personas inspiradas (como los redactores de los Libros sagrados). Es lo que se conoce por Revelación. Por medio de ella, Dios establece varias alianzas con los hombres: la primera con Adán, el primer hombre, creado en Gracia, que la rompe al desobedecer a Dios. Posteriormente, tras eliminar por medio del diluvio a toda la humanidad pervertida por los cainitas, establece una alianza con Noé, cabeza de los fieles a Dios, al que promete no volver a destruir a los hombres. Más adelante, cuando sus descendientes se contaminan con cultos a ídolos, establece una tercera alianza con Abraham, el único que permanece fiel al culto monoteísta a Yahvé, prometiéndole ser padre del pueblo elegido. Al fin, establece la alianza conocida como Antigua Alianza con Moisés, cabeza del pueblo hebreo, al que entrega en el Monte Sinaí la Primera ley Revelada, la llamada ley mosaica, cuyos principales y más famosos preceptos son los Diez Mandamientos. A pesar de las advertencias de numerosos profetas, el Pueblo Elegido, con el paso del tiempo acaba por retornar a su infidelidad a la Alianza, por lo que es dispersado como castigo. En la culminación de la Historia, por medio de Su Hijo hecho carne, Jesucristo, Dios establece la última alianza, conocida como Nueva Alianza. Cristo, con sus enseñanzas, sus milagros, su muerte redentora y su resurrección gloriosa, otorga la Segunda ley Revelada, en la que se basan enteramente los preceptos de la Iglesia. Esta segunda ley ya establece que el Pueblo elegido estará compuesto por aquellas personas que sean fieles a Yahvé, y precisamente en la Iglesia es visto comúnmente ese nuevo pueblo de Dios. Nótese que la Ley revelada informa y perfecciona la Ley natural, jamás la contradice. La Ley revelada es alcanzada por el hombre por su fe (aunque no repugna a su razón).

Aquellos que han recibido la Revelación son exigidos en mayor medida que los que no la han recibido: el Espíritu Santo y los sacramentos les auxilian para alcanzar con mayor facilidad la salvación. Pero si rechazan la revelación, su condena es más segura que la de aquellos que jamás recibieron la revelación.

Principios de la autonomía de la razón

El racionalismo estableció el principio de la autonomía de la Razón: esto es, la razón del hombre es suficiente, por sí misma, para conocer el mundo, sin necesidad de una instancia suprema (divinidad). Esto suponía, o bien el ateísmo, o bien la existencia de un dios creador no actuante (deísmo, naturalismo), de modo que la Razón humana elimina a Dios como fuente de información. Así, los filósofos racionalistas consideran que el mecanismo que lleva a las personas y sociedades a tender al Bien es la expansión del conocimiento humano (dando lugar al concepto de enciclopedismo, central en el proceso de la Ilustración). Dado que cada razón individual puede entender el mundo de distinta manera, es por medio del análisis de la realidad, la discusión del mismo y las conclusiones extraídas, como se alcanza una Razón universal. Los preceptos de la aplicación de esa razón son llamados moral autónoma.

Uno de los principios del racionalismo práctico fue el optimismo en el Progreso constante del ser humano, que establecía que la expansión constante de los conocimientos haría a cada generación mejor que la anterior.

El racionalismo no niega la existencia de la ley natural, pero basa su existencia en la presencia de la razón en todos los hombres, por lo que no considera sujeta esa ley a una divinidad que la habría impreso en el entendimiento humano. La ley natural sería promulgada por la Razón universal, con las consiguientes modificaciones que el Progreso fuera realizando a lo largo de la historia, de forma no antecedente, sino consecuente.

El orden político social

Toda sociedad tiende de forma espontánea al orden para asegurar su propia pervivencia. Ese orden, llamado político, ha de tener una fuente moral de la que surgir. El orden político natural se somete a la Ley natural, por medio de la moral natural. Cuando además esa sociedad ha recibido y aceptado la Revelación, el orden político es informado por la Ley divina (Antigua y Nueva Alianza), produciéndose el Reinado Social de Cristo, tradicional fundamento del orden social en los diversos estados de la Cristiandad.

A efectos prácticos, el orden político natural parte de unas premisas establecidas por Dios (revelado o no) a partir de las cuales se elaboran los usos y costumbres del orden político-social, al cual se someten todos sus miembros. Sus normas son previas al orden y lo constituyen.

El ejemplo máximo de este postulado es la Doctrina Social de la Iglesia, que auna la ley natural y la ley divina.

En el racionalismo autónomo, la Razón es la fuente que informa al orden político autónomo, por medio de la moral autónoma. En esta teoría la ley natural participa en la moral autónoma únicamente en tanto en cuanto ha sido reconocida y promulgada por la Razón universal. Es auxiliar o cooperador, y no fundamento.

A efectos prácticos, el orden político autónomo se establece en la confrontación de los diversos pareceres razonables. Esta confrontación se resuelve por medio de la negociación (idealmente) o de la prevalencia del más fuerte, hasta lograr un pacto social. Sus normas son posteriores al orden y emanan de él.

El ejemplo máximo de este postulado es la Declaración de los Derechos del Hombre, que auna la moral autónoma y la ley natural promulgada por la Razón universal.

La Ley política

La aplicación del orden social se pone en práctica por medio de la Ley política, es decir, el conjunto de normas que dispone el Soberano (aquel ente que ejerce la potestad en una comunidad política). El soberano puede ser un hombre, grupo de hombres o asamblea de hombres. Las normas o leyes políticas adquieren forma de mandatos cuyo respeto se premia y su transgresión se castiga. Se plasman usualmente en códigos legales.

El orden político natural produce la Ley política natural, basada en el principio rector de Amor a Dios y al prójimo, y es inmutable por principio.

En este orden, una moral objetiva y antecedente informa a toda la ley política: la legislación trata de inculcar a los sujetos unas reglas de vida que le inclinen al Bien. Por ello su enunciación es positiva (activamente se marca una acción por ser buena), y el Soberano ofrece recompensas para el que las siga y castigos al que se aparte.

Según esta concepción, la legitimidad de ley política se basa en seguir fielmente la ley natural, siendo secundario (aunque deseable) que esté promulgada por un soberano legítimado. A grandes rasgos, esta es la teoría política enseñada por la Iglesia.

El orden político autónomo produce la Ley política positiva, resultado de un proceso de Razón universal en continua renovación, por lo que es contingente de suyo.

En este orden, una moral subjetiva y consecuente hace progresar a la ley política: la legislación no se propone la docencia moral del sujeto, sino el establecer unas normas que regulen la relación intersubjetiva. Por ello su enunciación es negativa (no cataloga la bondad o maldad de las acciones), y se limita a sancionar al que contravenga un acuerdo pactado por el Soberano.

Según esta concepción, la legitimidad de la ley política se basa en estar promulgada por un soberano legitimado, siendo secundario (aunque deseable) que siga la ley natural. A grandes rasgos, esta es la teoría política enseñada por el liberalismo.

Fundamento filosófico de la ley política

Más allá de los distintos mecanismos por los que se articula cada ley política, una filosofía general impregna sus fines.

La ley política natural (en nuestro medio, asimilable a la Doctrina Social de la Iglesia) considera a la persona en cuanto hijo de Dios y como miembro de una sociedad, entendida comocomunidad de Amor. La conciencia personal se considera inviolable, pero el bien personal debe ineludiblemente orientarse hacia el Bien Común, al igual que la Justicia, el Derecho o la Autoridad (no confundir con Potestad).

Idealmente, el modelo social sería la Iglesia (como comunidad de creyentes).

La ley política positiva (en nuestro medio asimilable al modernismo) considera a cada persona en cuanto sujeto individual, vinculado a los demás por la racionalidad común de todos los seres humanos, identificados en la Fraternidad. La relación interpersonal se considera secundaria: la sociedad es unión contingente en la que el hombre satisface algunas de sus aspiraciones.

Los derechos deben garantizar ante todo la libertad de conciencia y el bien particular, y regular la relación entre las diversas conciencias personales.

Idealmente, el modelo social sería la democracia liberal (como comunidad de individuos racionales).

Conclusiones

El orden político y social natural ordena a la persona y a la sociedad hacia Dios: considera que cada hombre tiene valor en tanto hijo de Dios, en lo que es llamado Teocentrismo; cada hombre se desarrolla en plenitud de forma natural formando parte de una comunidad: la persona es una parte de la comunidad, que es el todo (Comunitarismo).

El orden político y social autónomo no requiere ningún elemento primario constitutivo: considera que cada hombre tiene valor por sí mismo, en cuanto ser racional, en lo que es llamadoAntropocentrismo; cada hombre puede desarrollarse suficientemente por sí mismo, siendo facultativa su inclusión en una comunidad. Así, tanto la persona como la comunidad son todos autónomos independientes, en relación de paridad (Individualismo).

Probablemente, el mejor resumen de la diferencia entre ambos órdenes políticos es que el orden natural busca aplicar permanentemente un Bien antecedente de origen natural y divino, y el orden autónomo busca consensuar periódicamente un Bien consecuente con la Razón universal.

Nota 1: Aunque sólo se cite explícitamente a Aristóteles, existen grandes pensadores que han analizado este tema: Platón, Santo Tomás, Kant, Hobbes, Voltaire o Rousseau, entre otros. En aras a “ultra-resumir” un tema complejo se han suprimido la referencias.

Nota 2: Mayoritariamente, no existen en la práctica ejemplos puros de las ambas posturas aquí presentadas (orden político natural vs orden político autónomo), sino modelos intermedios más o menos cercanos a uno de los polos. A mi juicio, esos modelos intermedios parten necesariamentede uno de los dos axiomas, aunque busquen conciliar algunas posturas del otro.